Entre la “Universidad Empresarial Siglo 21”, representada en este acto por Alejandro Castelli, D.N.I. 26.815.575 en su condición de Secretario de Extensión, Vinculación e Impacto, con domicilio en calle de Los Latinos 8555, Bº Los Boulevares, de la Ciudad de Córdoba, por una parte, en adelante la “UNIVERSIDAD”, y por otra la ORGANIZACIÓN REGISTRADA, CUIT registrado, representada en este acto por la persona registrada, con el DNI registradoen su condición de representante legal con domicilio, localidad de provincia registrada en adelante la “ORGANIZACIÓN”; y CONSIDERANDO:
a) Que en cumplimiento de los objetivos académicos que le son propios, la UNIVERSIDAD ha dictado la Resolución de Consejo Superior N° 768/2019 y sus posteriores modificatorias, donde establece su Reglamento Institucional bajo el nombre de “Normas y Disposiciones de Interés para los Alumnos”, en adelante el “Reglamento” (disponible en la página web www.21.edu.ar) .
b) Que dicho Reglamento establece que, para la obtención de su título de pre- grado, grado y posgrado en todas sus modalidades, con la finalidad de adquirir conocimientos de aplicación práctica y asistencia técnica, los alumnos deberán realizar actividades académicas vinculados con organizaciones o empresas (ANEXO I)
c) Que la ORGANIZACIÓN, acepta y tiene interés en que los alumnos de la UNIVERSIDAD realicen actividades académicas en el ámbito de sus instalaciones, sin recibir por ello remuneración económica alguna.
En orden a ello, las partes acuerdan en celebrar el presente CONVENIO MARCO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS, en adelante el “Convenio” que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
CLAUSULA PRIMERA (Objeto): Por medio del presente, las partes acuerdan que los alumnos de la UNIVERSIDAD podrán realizar actividades académicas en conjunto con la ORGANIZACIÓN, de manera tal que se les permita integrar los contenidos claves de las carreras que cursan en un contexto real donde su profesión se desarrolla. Dichas actividades favorecen el proceso de formación académica de los alumnos, permitiendo la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos durante el cursado de sus carreras. Las mismas, están conformadas por proyectos académicos, de intervención de practica solidaria, pasantías y prácticas profesionales, visitas guiadas, charlas y talleres, entre otras, que a continuación se detallan:
-PAT (Proyectos académicos transversales): Proyectos de articulación entre cátedras y organizaciones de la sociedad civil. Su fin es poner el foco en la resolución de demandas sociales reales, diseñando espacios de aprendizaje e intervención disciplinar por parte de los/as estudiantes en estos escenarios, con acompañamiento docente y del Centro de Sustentabilidad Social de la Universidad.
Duración: bimestral o cuatrimestral.
-PIC (Proyectos de intervención comunitaria): Abordan una problemática en comunidades reales.
Duración: anual
-Prácticas Profesionales: Materia de integración curricular pragmática, en la cual el estudiante realiza una experiencia de formación y aprendizaje a través de la vinculación directa con el medio real de su profesión. Estas pueden desarrollarse con estudiantes del último año de todas las carreras de grado de nuestra casa de estudios. Duración: Tres (3) meses.
-Prácticas PreProfesionales: Materia de integración curricular pragmática, en la cual es estudiante realiza una experiencia de formación y aprendizaje a través de la vinculación directa con el medio real de su profesión.
Duración: Veinte (20) horas bimestrales.
-Práctica Solidaria: Materia de aprendizaje vivencial que se desarrolla en una organización de la sociedad civil. Apunta a complementar la formación académica de los/las estudiantes, sin distinguir qué carrera se encuentra estudiando, con el fin de que participen de proyectos o actividades que desarrolla la organización y aporten mejoras en su entorno social, con conciencia ética y solidaria.
Duración: Tres (3) meses.
-Proyecto de casos para Seminario Final: Generación de casos para el desarrollo de los/as estudiantes en el cursado de la materia Seminario Final. La organización que desee participar acompaña al docente a realizar el relevamiento de información para el posterior desarrollo de los mismos
-Presentación de propuestas de trabajo para actividades extracurriculares con intervención de estudiantes: En el marco de las mismas, las organizaciones podrán presentar proyectos de trabajo a la Universidad para el abordaje a través de equipos de estudiantes de una carrera o multidisciplinarios y que sean de valor para la formación académica. Estos podrán ser o no rentados y en todos los casos contarán con acompañamiento de docentes y directores de carrera. Estas deberán ser propuestas de valor y quedarán a consideración de la Universidad para su aprobación.
-Visitas guiadas: Visitas a las organizaciones que estén interesadas en mostrarse como marcas empleadoras, con el fin de que los/as estudiantes puedan conocer sus instalaciones y/o dinámicas de trabajo. Las mismas se podrán coordinar con una cátedra o dirección de las diferentes carreras de grado y pregrado de la Universidad. En conjunto con la Dirección de carrera y profesores de la materia, se realizan visitas a organizaciones/empresas con fines académicos y experienciales respecto al escenario de cada campo profesional para los/las estudiantes.
-Charlas y talleres: Dictadas por referentes de las organizaciones con las que poseemos convenios, en el marco de las actividades para el desarrollo de competencias para la empleabilidad.
-Búsquedas laborales y de pasantías: La Universidad cuenta con un área de empleabilidad que se encuentra abocada a la vinculación de estudiantes y egresados/as con organizaciones en búsqueda de perfiles profesionales a través de un portal de empleos, estas búsquedas son difundidas de manera gratuita trabajando en conjunto con una red de más de 350 Centros de Aprendizaje Universitario distribuidos a lo largo de todo el país.
CLAUSULA SEGUNDA (Naturaleza de Formación Académica): Las partes dejan establecido que la naturaleza del presente convenio es de formación académica, siendo ajena la actividad desarrollada por los alumnos de la UNIVERSIDAD, a toda actividad laboral o de empleo.
Asimismo, en el caso de existir una relación laboral entre el alumno y la ORGANIZACIÓN, ésta se mantendrá vigente en todos sus términos, debiendo en su caso la ORGANIZACIÓN autorizar al alumno durante su horario laboral para que realice y desarrolle la actividad académica.
CLAUSULA TERCERA (Obligaciones de la ORGANIZACIÓN): Por medio del presente, la ORGANIZACIÓN asume las siguientes obligaciones:
1. Disponer de un Referente que interactuará con los alumnos y con la UNIVERSIDAD durante la realización de la actividad académica. El perfil y rol del Referente se ajustará a los requerimientos propios de la práctica a realizar, debiendo en el caso de que corresponda, evaluar el desempeño a partir de los criterios de evaluación propuestos por la Universidad y acreditar su asistencia.
2. Garantizar que las tareas a realizar por el alumno sean acordes a su disciplina y a las particularidades de la actividad académica y a su nivel de formación. Dichas tares deberán ser aprobadas previamente por el responsable académico de la actividad designado por la UNIVERSIDAD.
3. Facilitar el material de apoyo, la información suficiente y los espacios necesarios, como así también garantizar las condiciones de seguridad para el correcto desarrollo de las tareas.
CLAUSULA CUARTA (Obligaciones de la UNIVERSIDAD):
1- Asegurar la convocatoria a la ORGANIZACIÓN para confirmar la participación en las actividades académicas definidas, según las particularidades de cada actividad.
2- Garantizar que las actividades serán acompañadas y supervisadas por el/los responsable/s académico/s que se designen para tal fin.
3- Acreditar las funciones realizadas por el/los referente/s institucional/es a través del instrumento definido para tal fin.
CLAUSULA QUINTA (Obligaciones de las/los Alumnas/os):
1. Respetar las normas de conducta establecidas por la ORGANIZACIÓN y acatar reglamentos de trabajo y directivas que impartan los referentes designados, en caso de que el alumno realice actividades dentro de sus instalaciones.
2. Guardar estricta confidencialidad de la información recibida con motivo de sus actividades, evitando efectuar comentarios verbales o escritos, salvo para la realización de los trabajos académicos autorizados.
3. Aceptar las condiciones convenidas en el presente, como así también aquellas detalladas en el “CONVENIO ANEXO DE ACTIVIDAD ACADÉMICA”, que oportunamente se firme, en los protocolos y anexos que reglamentan estas actividades.
CLAUSULA SEXTA (Duración): El presente Convenio tendrá una vigencia de doce (12) meses desde su firma y a su vencimiento se renovará automáticamente por idéntico plazo; salvo que alguna de las partes proceda a notificar fehacientemente su voluntad de rescisión con treinta (30) días de anticipación a dicho vencimiento.
CLAUSULA SEPTIMA (Rescisión): La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente dará derecho a la parte cumplidora, previa intimación por el plazo de quince (15) días, a dar por rescindido el Convenio con causa.
Asimismo, cualquiera por las partes podrá rescindir el Convenio sin expresión de causa, en cualquier momento, previa comunicación fehaciente por escrito de tal decisión, con una antelación de treinta (30) días corridos, sin que ello implique penalización o derecho indemnizatorio para ninguna de las partes. En este caso, las partes se obligan a mantener las actividades académicas de los alumnos que se encuentren en curso hasta su finalización.
CLAUSULA OCTAVA (Jurisdicción y Competencia): Para cualquier conflicto emergente del presente Convenio, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los Tribunales de Córdoba, renunciando expresamente al Fuero Federal o cualquier otro de excepción que pudiere corresponderles, fijando domicilio en los enunciados al inicio del presente.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares, todos de un mismo tenor, uno para la UNIVERSIDAD y otro para la ORGANIZACION, en la Ciudad de Córdoba, Provincia del mismo nombre.